viernes, 12 de octubre de 2012

El "deber de diligencia" en los Derechos Humanos

El concepto de deber de diligencia en los derechos humanos se ha ido introduciendo cada vez más en el ámbito de la empresa y los derechos humanos y actualmente se encuentra recogido en varios acuerdos internacionales.

El concepto de deber de diligencia en los derechos humanos se ha ido introduciendo cada vez más en el ámbito de la empresa y los derechos humanos y actualmente se encuentra recogido en varios acuerdos internacionales, incluyendo los Principios Rectores sobre Empresa y Derechos Humanos de la ONU, y en las Líneas Directrices sobre Empresa Transnacional de la OCDE. Incluso, como parte de la estrategia sobre responsabilidad social corporativa de la Unión Europea, se pide a los estados miembro que lo incluyan en sus planes de acción nacional. Como resultado los estados están viendo como implementar este concepto dentro de la responsabilidad social corporativa, pero con gran incertidumbre sobre lo que significa en la práctica.

Por este motivo, en marzo de 2012 la organizaciones ECCJ, ICAR y CNCA lanzan el Proyecto sobre el deber de diligencia en los derechos humanos y encargan a un grupo de expertos clarificar y construir consenso sobre dicho concepto y desarrollar recomendaciones jurídicas y políticas a los gobiernos a fin de prevenir, remediar y mitigar los impactos adversos de los derechos humanos.

En palabras de uno de los expertos que forman parte del equipo encargado de conducir el proyecto, “se trata de responder a la pregunta de cómo los estados pueden, a través de la legislación y la regulación, fomentar conductas de debida diligencia basadas en la práctica estatal existente, o dicho de otra manera, se está trabajando para conectar los pilares uno (el deber del Estado de proteger los derechos humanos) y dos (la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos) de los Principios Rectores de Naciones Unidas”.

Se espera que la investigación demuestre que, en determinadas circunstancias, los estados puedan utilizar a las autoridades regulatorias para alentar e incluso obligar a poner en marcha actividades de deber diligencia en el campo de los derechos humanos.

La presentación del informe se hará en el Foro sobre Empresa y Derechos Humanos de Naciones Unidas que tendrá lugar los días 4 y 5 de diciembre en Ginebra.

Fuente: http://www.observatoriorsc.org/



Diligencia / (Del lat. diligentĭa). / http://www.rae.es/rae.html
1. f. Cuidado y actividad en ejecutar algo.
2. f. Prontitud, agilidad, prisa.
3. f. Trámite de un asunto administrativo, y constancia escrita de haberlo efectuado.
4. f. Coche grande, dividido en dos o tres departamentos, arrastrado por caballerías y destinado al transporte de viajeros.
5. f. coloq. Negocio, dependencia, solicitud.
6. f. Der. Actuación del secretario judicial en un procedimiento criminal o civil.
7. f. ant. Amor, dilección.
en ~.
1. loc. adv. Dicho de caminar un correo de a caballo: Con la obligación de recorrer 30 leguas en 24 h.

evacuar una ~.
1. loc. verb. Tramitarla, concluirla.

hacer alguien sus ~s.
1. loc. verb. Poner todos los medios para conseguir un fin.

hacer alguien las ~s de cristiano.
1. loc. verb. Cumplir con la Iglesia, confesando y comulgando en Pascua, o cuando se dispone para morir.

hacer las ~s del jubileo.
1. loc. verb. Ejecutar lo que se previene para ganarlo.

hacer alguien una ~.
1. loc. verb. exonerar el vientre.

□ V.
notario de diligencias

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